LA POLITIZACIÓN DE LA SENNIAF
- Grisel Bethancourt
- 14 feb 2021
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 15 feb 2021

Por Grisel Bethancourt
La desprofesionalización en la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF) ha repercutido en uno de los peores escándalos contra la niñez panameña como lo es la violación sexual de niños, niñas y adolescentes en albergues del país entre el 2017 al 2020.
Este blog tuvo acceso al informe preliminar y otros documentos y normativas públicas que indican lo violentado que ha estado el sistema de fiscalización de albergues como fue establecido en el 2016. Recordemos que para esa fecha se dio la salida obligada en el pasado gobierno de la abogada Idalia Martínez, ex directora de la SENNIAF, que creó en su mandato una dirección para supervisar de forma especializada los albergues, toda vez que había una comisión que recurría a estos centros de forma temporal.
¿Qué sucedió con la aplicación del manual de organización y funciones para los servidores de esta institución que mantenía un director especializado para los albergues? Por qué MIDES y la ex subdirectora de SENNIAF, Carla García han tomado distancia de este escándalo no solo nacional sino internacional que afecta a la niñez y adolescencia panameña.
El informe de la Comisión legislativa de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia evidenció que existe “un divorcio en la gestión técnica y administrativa, hay un evidente distanciamiento en lo que se piensa y hace desde el despacho superior de SENNIAF y el resto de unidades administrativas”. Además los alcances de ese divorcio de funciones se traduce entre la sede principal de Panamá y las regionales del país.
Los cuestionamientos del informe indican que hay una “politización de la SENNIAF” y una insuficiente inversión pública en el tema de niñez.
Al sostener la desprofesionalización de la SENNIAF se indican los cambios y la falta de técnicos y profesionales idóneos en la materia para supervisar los albergues y otros temas de la institución. Los pocos profesionales que atienden en la SENNIAF lo hacen en base de su experiencia y conocimiento individual y no en función de protocolos, lo que demuestra el debilitamiento institucional.
“En la investigación constatamos que contrario a lo que se estipula en el Decreto 26, en el tema de niños, niñas y adolescentes albergados existe una falta de protocolos de abordajes de situaciones, manuales de intervención, manuales de intervención y diagnósticos y evaluación, mismos que la institución debe garantizar a sus funcionarios y exigirle a las onegés y fundaciones que administran los albergues”, menciona el citado informe.
El porcentaje de albergues que investigan y funcionan aducen protección a menores y acogimiento en periodo escolar. Los organismos de corte religioso predominan, los evangélicos son los más frente a los católicos.
“Muchos de los albergues operan sin permiso de funcionamiento o con permisos provisionales”, destaca el informe.
Uno de los hallazgos puntualiza en que hay albergues existentes de los cuales SENNIAF no tiene conocimiento de su existencia.
La SENNIAF tiene responsabilidad en el 49% de la niñez albergada el resto se encuentran a órdenes de juzgados de familia, bajo la tutela de familias, del MIDES y un mínimo porcentaje en hospitales. 882 niños se encuentran en fase de protección de un total de 942 niños, niñas y adolescentes albergados en el país. El 74% de los niños se encuentran en edad entre 5 a 17 años.
UNICEF instó ante el escándalo nacional e internacional a las autoridades a emprender con urgencia la reforma estructural del sistema de protección de la niñez y la adolescencia. Recordaron que los niños y niñas y adolescentes en albergues están bajo protección del Estado.
Mientras el Ministerio Público anunció hasta este viernes la apertura de una investigación, después de que el 8 de febrero se emitiera el informe de la subcomisión respecto a las violaciones y maltratos en albergues a niños, niñas y adolescentes y discapacitados.
Otras instituciones han mostrado interés en el tema como la Defensoría del Pueblo, que solicitó el citado informe que podría constar de 400 páginas. Mientras que para este lunes se espera la comparecencia de las autoridades legislativas en el Ministerio Público para hacer entrega del informe completo.
Por su parte, la ministra del MIDES, María Inés Castillo anunció hace dos días la solicitud al Ministerio Público, de una investigación de oficio sobre las denuncias emitidas por la Comisión de la mujer, la niñez, la juventud y la familia de la Asamblea Nacional, así como el estatus de la denuncia presentada en el 2020 por el MIDES. Ese mismo 12 de febrero postearon en redes el llamado a sesión extraordinaria permanente.

"El Ministerio Público, a través de Sección de Familia de la Fiscalía Metropolitana, inicia investigación de oficio ante publicaciones en medios de comunicación sobre albergues infantiles y solicita informes al SENNIAF, MIDES y Asamblea Nacional".
A pesar del distanciamiento que toman figuras políticas del gobierno en torno al tema del SENNIAF y la responsabilidad que les cierne, el decreto 26 de 21 de abril de 2009 establece que “la norma tiene por objeto regular la apertura y ejercicio de albergues para niños, niñas y adolescentes de conformidad con las normas legales y los procedimientos vigentes en la República de Panamá.”
Este Decreto estaba vigente durante el periodo de los hechos que se registraron con los albergues.
Ver gráfica sobre Decreto 26 de 2009.

La Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia es la autoridad administrativa encargada de aplicar la presente norma y la competente para conocer de todas las relaciones con los albergues.
El Comité de Supervisión y Monitoreo inspeccionará el funcionamiento de los albergues, por lo menos cada cuatro (4) meses. Quienes lleven a cabo la inspección y vigilancia deberán:
Identificarse con la credencial expedida por la Autoridad Administrativa.
Levantar el acta de supervisión e inspección que practiquen, en la que se harán constar, en su caso, las irregularidades o violaciones a la presente norma.
El representante del albergue visitado, designara a la persona que acompañara en la supervisión, que fungirá como testigo en el desarrollo de la diligencia, apercibiéndosele que en caso de no hacerlo, éste será designado por el Comité de Supervisión y Monitoreo.
Entregar un ejemplar legible del acta de supervisión a la persona responsable en el albergue; y
Entregar a la Autoridad Administrativa la relación de actas de visita.
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